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Vida conjunta – Procedimiento del Ministerio del Interior.

Joshua Pex
Joshua Pex

Procedimiento de Vida Conjunta: estado legal en Israel para los cónyuges extranjeros de israelíes.

Este artículo trata sobre las instrucciones del Ministerio del Interior – Procedimiento de Vida Conjunta de 5.2.0009 – otorgamiento de estatus a los cónyuges extranjeros que viven conjuntamente con ciudadanos israelíes o residentes permanentes en Israel, de conformidad con la Ley de Ciudadanía, las reglamentaciones de entrada en Israel y los procedimientos del Ministerio del Interior.

El servicio también se ofrece a parejas del mismo sexo que se han casado o viven juntas en concubinato sin haber contraído matrimonio (pareja de hecho).

Cabe aclarar, que el procedimiento para otorgar estatus a cónyuges extranjeros casados con israelíes regula el otorgamiento de estatus legal en Israel a cónyuges de israelíes legalmente casados.

Para que el proceso sea lo más simple y fácil posible, le recomendamos que se asista de nuestros servicios: despacho de abogados de inmigración. Nuestro equipo cuenta con un experto en el campo de los procedimientos de vida conjunta: otorgamiento de estatus a conyuges extranjeros de ciudadanos israelíes.

Concesión de estatus a los cónyuges que viven juntos.

¿A quién va dirigido el servicio?

Vida conjunta - Procedimiento del Ministerio del Interior.El Procedimiento de Vida Conjunta está destinado a los cónyuges extranjeros de ciudadanos israelíes o de israelíes con permisos de residencia permanentes en Israel (residentes permanentes en Israel) que se encuentran en Israel y residen conjuntamente (pareja de hecho) con ciudadanos israelíes o con portadores de permisos de residencia permanentes en Israel.

El servicio ofrecido: Procedimiento de Vida Conjunta

La solicitud se presentará en la oficina de la Autoridad de Población más cercana al área de residencia de la pareja.

Antes de presentar una solicitud

Antes de presentar la solicitud de acuerdo con el Procedimiento de Vida Conjunta, hay que asegurarse de que los siguientes documentos estén listos para su presentación:

1.Obligación de asistir:

Se requiere la presencia de ambos cónyuges en la oficina de la Autoridad.

2.Documentos requeridos:

1) formularios de solicitud correspondientes completos y firmados;

2) fotografías requeridas de ambos cónyuges;

3) el documento de identidad del cónyuge israelí;

4) pasaporte extranjero del cónyuge, válido por al menos dos años;

5) carta explicativa firmada por los dos cónyuges que describe su relación de vida conjunta.

3. Documentación original, verificada y traducida para el cónyuge extranjero:

1) certificado de nacimiento;

2) certificado público que acredite cambio de nombre (si el nombre fue modificado)

3) certificado público actualizado de su país que acredite su situación actual y anterior,

4) certificado de antecedentes penales actualizado.

4. Evidencia de un centro de vida común en Israel:

Todo lo que acredite la honestidad de la relación y la existencia de un centro de vida común: fotos conjuntas, contratos de alquileres, cuentas bancarias conjuntas, cartas de familiares y amigos. (Cada carta de recomendación irá acompañada de una fotocopia del documento de identificación de la persona que atestigua los hechos). etc.

  1. Declaración jurada de ambos cónyuges: que acredite la veracidad del material presentado y la obligación de notificar cualquier cambio.
  2. Las personas de la FSU o de Europa del Este: serán remitidas por la Oficina de la Autoridad para obtener una opinión de la Oficina de Enlace (Nativ).
  3. El estado personal de ambos cónyuges: debe ser «libre» (soltero, divorciado o viudo). Los cónyuges «no disponibles» deberán demostrar que están desvinculando en forma efectiva y concreta su matrimonio anterior.
  4. Firma de una declaración: por parte del cónyuge extranjero que es de su conocimiento, que la solicitud será rechazada completamente si no se presentan todos los documentos requeridos dentro de los 45 días.

Cómo presentar una solicitud – Procedimiento de Vida Conjunta en el Ministerio del Interior

La solicitud de acuerdo con el Procedimiento de Vida Conjunta se presentará en la oficina de la Autoridad de Población e Inmigración del Ministerio del Interior, próxima al área de residencia de la pareja.

Tramitación de la solicitud:

En el momento de la presentación de la solicitud de acuerdo con el Procedimiento de Vida Conjunta

  1. En el momento de presentar la solicitud de acuerdo con el Procedimiento de Vida Conjunta, el empleado de la Autoridad de Población del Ministerio del Interior identificará a todos los solicitantes, abrirá un expediente de solicitud computarizado y verificará los requisitos de las entradas y salidas del cónyuge extranjero y la autenticidad de todos los documentos pertinentes.
  2. El empleado de la Autoridad de Población verificará:

1) Sí existen restricciones para el cónyuge extranjero (o si han transcurrido al menos 5 años desde la fecha de comienzo de n las restricciones);

2) Sí el cónyuge extranjero reside en Israel de forma ilegal, se le ha emitido una orden de alejamiento o si ha sido alejado de Israel en el pasado;

3) Sí existe alguna restricción o nota sobre el permiso de residencia israelí;

4) La evidencia para acreditar la relación y para probar la vida conjunta de la pareja.

5) Sí existen antecedentes penales o impedimento de seguridad (esta prueba se llevará a cabo para ambos cónyuges), o si el cónyuge extranjero es objeto de un estado de diagnóstico o de un estado de riesgo.

  1. Si el cónyuge extranjero tiene un permiso de residencia válido, este se extenderá hasta el final de la examinación de la solicitud. Si uno de los cónyuges no posee un permiso de residencia válido, no será desplazado hasta que se finalice la examinación de la solicitud. Si se toman medidas de ejecución contra el cónyuge extranjero, se realizará una investigación para decidir sobre la continuación o terminación de las medidas de ejecución.
  2. Si el cónyuge tiene un permiso de residencia válido que ha recibido en un procedimiento graduado en virtud de una relación conyuga que ha llegado a su fin, esta licencia será revocada y se le otorgará un permiso de residencia B / 2 hasta que complete la examinación de la presente solicitud.

Después de recibir la solicitud

1.Si existen restricciones de cualquier tipo con respecto al cónyuge extranjero o al cónyuge israelí o si el cónyuge extranjero es ciudadano de un estado de diagnóstico o de un país de riesgo, la solicitud se dirigirá conforme al Procedimiento de Vida Conjunta a los diferentes organismos de la autoridad, en el Ministerio del Interior y a las autoridades de seguridad, con el fin de consultar, evaluar y tomar las medidas necesarias para continuar la tramitación de la solicitud. .

2.La Autoridad de Población e Inmigración aprobará o rechazará la solicitud sobre la base de un examen exhaustivo. Este examen puede incluir entrevistar a la pareja, examinar la sinceridad de la relación y su existencia continua en el tiempo, la existencia de un centro de vida conjunta en Israel y la ausencia de impedimento criminal o de seguridad.

  1. Si el estado, de uno o más, de los cónyuges aparece como «casado», la pareja deberá describir la exclusividad y singularidad de la relación y presentar documentos públicos (originales, verificados y traducidos) que certifiquen sus intentos de liquidar dicho matrimonio.
  2. Si hay dudas sobre la autenticidad de la relación, o si no se encuentra un centro de vida conjunta de la pareja en Israel, o si se encuentra que la documentación para liquidar el matrimonio anterior es inaceptable, la solicitud será rechazada. Si existe alguna inquietud, los jefes del Centro de Visas podrán condicionar el inicio del proceso gradual a través del depósito de una garantía.
  3. Si la solicitud es denegada, la pareja será convocada a la oficina, y se les entregará una carta detallada con la razón y una solicitud al cónyuge extranjero de abandonar dentro de los 30 días (o dentro de los 14 días es un residente ilegal). Si no arriban a la oficina, la carta será enviada por correo certificado. Se anotará lo acontecido en el archivo de dicha solicitud y se aplicará una restricción para ingresar a Israel por un período de cinco años.
  4. Si la solicitud es rechazada, se puede presentar una nueva solicitud solo un año después de la fecha de la última resolución. Excepciones: solicitud que rechazada debido a documentación incompleta o falta de presentación de documentación, o si la pareja demuestra que ha habido un cambio significativo en las circunstancias.
  5. Si el cónyuge extranjero ha presentado otra solicitud de estatus de acuerdo con otro procedimiento, él o ella debe elegir uno de los dos y declararlo en una carta justificada. La solicitud del procedimiento no elegido se cerrará.
  6. Si se acepta la solicitud, el empleado del Ministerio del Interior emitirá una visa B / 1, que confiere permiso para quedarse y la posibilidad de trabajar en Israel por un año, y comenzará el proceso gradual para recibir el estatus permanente en Israel

Proceso gradual: Proceso de obtener un estatus permanente en Israel según el Procedimiento de Vida Común

Cuando el cónyuge solicitante es un ciudadano israelí

Después de la aprobación de la solicitud, se le otorgará al cónyuge extranjero una visa B / 1 general por un período de un año, lo que le permitirá trabajar en Israel. La visa se extiende cada año, hasta un total acumulado de tres años. Después de tres años, el estado del cónyuge extranjero se actualizará a uno de residente temporal y se emitirá un permiso de residencia A / 5, válido por un año. Se trata de un documento de identidad válido por un año, que incluirá los beneficios sociales y el seguro de salud después de seis meses.

Cada año, durante el proceso gradual, se llevará a cabo una entrevista a los cónyuges en el Ministerio del Interior, y se realizarán pruebas actualizadas para verificar la sinceridad de la relación y su existencia continua con el paso del tiempo, un centro de vida conjunta en Israel y la ausencia de cualquier impedimento criminal o de seguridad.

Durante este período, el cónyuge extranjero debe dirigirse a la Oficina de Ministerio del Interior, para prolongar la validez de la licencia a no más tardar noventa días antes de su vencimiento. Como regla general, la visa o licencia se extenderá por un año solamente. Si no se llega a una decisión hasta la fecha de vencimiento de la licencia o la visa, éstas se extenderán únicamente por seis meses (si no hay un impedimento de seguridad).

Si la relación entre la pareja se termina o el cónyuge israelí fallece, el procedimiento graduado se interrumpirá.

Se realizan exámenes especiales para solicitudes basadas en documentos matrimoniales de El Salvador.

Cuando el cónyuge solicitante es residente permanente.

El procedimiento será idéntico a lo indicado arriba (véase «Cuando el cónyuge solicitante es un ciudadano israelí»), pero el procedimiento graduado continuará durante el período de cuatro años con la visa B / 1, seguido de cinco años con el permiso de residencia temporal A / 5.

VIDEO

Fin del procedimiento – Procedimiento de Vida Conjunta.

Al finalizar el proceso gradual, la pareja puede solicitar un permiso de residencia permanente para el cónyuge extranjero que será tratado de acuerdo con el procedimiento apropiado del Ministerio del Interior.

Sobre cualquier inquietud o consulta, estamos a su servicio – Decker, Pex, Levi – abogados en asuntos de inmigración.

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